Si trabaja por cuenta propia, puede ser elegible para varios créditos fiscales que tienen el potencial de reducir significativamente su obligación tributaria y aumentar su reembolso. Estos créditos cubren una variedad de áreas, incluidas las relacionadas con la pandemia de COVID-19, gastos comerciales generales e impuestos de seguridad social.
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¿Listo para explorar las numerosas ventajas de aprovechar los créditos fiscales para trabajadores autónomos? Como trabajador autónomo, usted se beneficiará significativamente de estos créditos, que son más valiosos que las deducciones fiscales. A diferencia de las deducciones que simplemente reducen su ingreso imponible, Los créditos fiscales funcionan para disminuir su obligación tributaria dólar por dólar.
Más allá del impacto financiero, los créditos fiscales para trabajadores autónomos desempeñan un papel crucial para ayudar usted compensa varios costos y desafíos asociados con el funcionamiento de su propio negocio. Ya sea para gestionar los gastos comerciales, abordar desafíos operativos o planificar estratégicamente Para el crecimiento, estos créditos fiscales sirven como una herramienta poderosa para optimizar su estrategia financiera general.
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La Ley de Respuesta al Coronavirus de Familias Primero (FFCRA, por sus siglas en inglés) permite a los trabajadores autónomos elegibles que no pueden trabajar o teletrabajar por motivos relacionados con el COVID-19 reclamar créditos fiscales reembolsables por licencia por enfermedad y familia. Estos créditos equivalen a la cantidad equivalente de su licencia por enfermedad calificada o de su licencia familiar, según su situación.
El IRS ofrece una variedad de créditos fiscales para empresas que incurren en ciertos gastos o cumplen ciertos requisitos. Estos créditos son parte del crédito comercial general, que es una combinación de sus créditos comerciales transferidos de años anteriores más el total de sus créditos comerciales del año actual. Puede restar este crédito directamente de su obligación tributaria.
La Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica por el Coronavirus (CARES) permite a las personas que trabajan por cuenta propia elegibles diferir el pago del 50% de su impuesto de seguridad social sobre las ganancias netas de los ingresos del trabajo por cuenta propia para el período que comienza el 27 de marzo de 2020, y que finalizará el 31 de diciembre de 2020. Esto significa que puede posponer el pago de la mitad del impuesto de seguridad social del 12,4 % que normalmente debe sobre sus ingresos de trabajo por cuenta propia.
Creemos que los clientes informados hacen mejores decisiones financieras. Como parte de nuestro servicio, brindaremos educación y talleres. ayudar.
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